T. C. A. c/ V. A. D. s/LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL
La actora promovió demanda por liquidación de la sociedad conyugal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y reconoció un crédito a favor de la actora por privación de uso de un bien ganancial.
¿Quién es el actor?
C. A. T.
¿A quién se demanda?
A. D. V.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Liquidación de sociedad conyugal
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para reconocer a la actora un crédito de $30.000 en concepto de privación de uso del automóvil ganancial, más intereses, y circunscribir las acciones gananciales a las correspondientes a Sociedad Comercial del Plata. Impuso las costas en el orden causado en ambas instancias.
Los fundamentos principales fueron:
- Las acciones de A. S.A. y T.A. fueron enajenadas antes de la disolución de la sociedad conyugal, por lo que solo deben considerarse las acciones de Sociedad Comercial del Plata.
- Está acreditada la realización de mejoras en un inmueble propio del demandado por un valor de U$S14.000, correspondiendo un crédito a favor de la actora.
- La actora no acreditó haber reclamado previamente el uso del automóvil o una retribución por su privación, por lo que corresponde reconocerle un crédito de $30.000 más intereses desde la notificación de la demanda.
- Existen mérito para distribuir las costas por su orden en ambas instancias, atendiendo al resultado parcialmente favorable a ambas partes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: