ORTIZ, MARIA DEL CARMEN c/ COMPAÑÍA LA ISLEÑA SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó a la empresa de transporte por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido al descender de un colectivo. La Cámara Civil modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo montos indemnizatorios por gastos de traslado y farmacia, y declarando la franquicia del seguro oponible a la actora.
Daños y perjuicios por accidente al descender de un colectivo
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda, modificando los montos indemnizatorios por incapacidad física, gastos de traslado/farmacia y daño moral/psicológico. Se declara oponible a la actora la franquicia del seguro.
Fundamentos relevantes:
- El perito médico determinó una incapacidad física parcial y permanente del 22,26% y secuelas psíquicas, por lo que corresponde indemnizar el daño físico y psíquico.
- Los gastos de traslado y farmacia deben limitarse a $5.000 por no estar debidamente acreditados.
- Respecto al daño moral/psicológico, el monto de $150.000 resulta razonable en función de la gravedad de las lesiones y secuelas sufridas.
- La franquicia del seguro es oponible a la damnificada, conforme reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: