C., M. P. Y OTRO c/ SANATORIO ANCHORENA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la atención médica negligente brindada durante el parto de su hija. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia e incrementó sustancialmente los montos indemnizatorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Actores: M. P. C. y J. P. F., por sí y en representación de su hija menor de edad E. F.
- Demandados: Sanatorio Anchorena, Obra Social UPCN y el médico obstetra Carlos María Rusconi
- Objeto de la demanda: daños y perjuicios por la atención médica negligente durante el parto de E.F., que resultó con parálisis cerebral.
- Decisión del tribunal:
- Se confirmó la responsabilidad de los demandados por la actuación negligente del médico durante el parto.
- Se incrementaron significativamente los montos indemnizatorios para la menor (incapacidad, daño moral, gastos futuros) y sus padres (daño psíquico, pérdida de chance, daño moral).
- Se ordenó que los importes correspondientes a la menor sean depositados judicialmente, con intervención del Defensor de Menores.
- Se modificó la tasa de interés, aplicando la tasa activa desde el hecho dañoso y hasta el efectivo pago.
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