MARTIN MOTORS S.A. Y OTRO c/ ALVAREZ JORGE ELADIO Y OTROS s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO
La empresa Martín Motors S.A. demandó la nulidad de la sentencia que la condenó por el accidente en el que fallecieron dos personas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda.
¿Quién es el actor?
Martín Motors S.A.
¿A quién se demanda?
Jorge Eladio Álvarez, jueces de la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, abogados, peritos y aseguradoras.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la sentencia dictada en los autos "Álvarez, Jorge Eladio c/ Martín Motors S.A. y otros s/ Daños y Perjuicios" por considerarla cosa juzgada írrita.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La cosa juzgada es un principio fundamental que no puede ser desconocido fácilmente, pues resguarda la seguridad jurídica.
- La acción de nulidad de cosa juzgada írrita no está regulada a nivel federal, pero se considera procedente excepcionalmente cuando existen vicios esenciales en la sentencia, como haberse dictado en un proceso aparente, simulado o fraudulento.
- En este caso, no se verifican los supuestos para considerar que la sentencia previa afectó el principio de congruencia, por lo que no corresponde declararla nula.
- La falta de integración de la litis con la Dirección Provincial de Vialidad no constituye un vicio de la sentencia, pues era el propio demandado quien podía solicitar su citación.
- Respecto a los demás sujetos traídos al proceso (jueces, abogados, peritos, aseguradoras), carecen de legitimación pasiva.
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