D. A. Y OTRO c/ D., H. E. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores demandaron indemnización por los daños sufridos a raíz del fallecimiento de su hijo en un accidente de transporte. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda contra la empresa transportista y su aseguradora.
indemnización por fallecimiento del hijo C. E. D. en accidente de transporte
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda contra los demandados, condenándolos a pagar $424.000. Se modificó la decisión únicamente para elevar a $25.000 el monto por tratamiento psicológico para cada actor y se declaró oponible la franquicia prevista en la Resolución N°25.429/97 de la Superintendencia de Seguros.
Fundamentos principales:
- Se acreditó que C. E. D. falleció por lesiones sufridas al ser arrastrado por el colectivo al intentar descender, aplicándose la presunción de responsabilidad del transportista del art. 184 Código de Comercio.
- El daño moral y psíquico de los padres fue debidamente ponderado, estableciéndose $200.000 para cada uno.
- Procede el resarcimiento por el tratamiento psicológico necesario, independientemente de la indemnización por las secuelas psíquicas.
- Corresponde aplicar la franquicia de $40.000 prevista en la Resolución N°25.429/97 de la Superintendencia de Seguros.
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