RIVAS VEGA, MARIA MERCEDES c/ MICROOMNIBUS ESTE S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamiento psicológico y kinésico.
¿Quién es el actor?
María Mercedes Rivas Vega
¿A quién se demanda?
Microómnibus Este S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (física y psíquica) a $900.000, por daño moral a $400.000, y por tratamiento psicológico y kinésico a $57.600 y $50.000 respectivamente. Se aplicará la tasa activa del Banco Nación desde el inicio de la mora. Se dispuso que la cobertura del seguro se ajuste a la normativa vigente al momento del efectivo pago.
Fundamentos principales:
- La incapacidad sobreviniente (física y psíquica) debe ser resarcida, más allá del lucro cesante y el daño moral, pues la integridad física y psíquica tienen por sí mismas un valor indemnizable.
- Los gastos de tratamiento psicológico y kinésico son resarcibles cuando el perito los recomienda para mitigar la incapacidad o evitar su agravamiento.
- El daño moral debe fijarse ponderando las satisfacciones que puedan procurarse con las sumas otorgadas, a fin de compensar los sufrimientos espirituales causados.
- La limitación de cobertura de la aseguradora debe ajustarse a la normativa vigente al momento del efectivo pago, evitando un enriquecimiento indebido.
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