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D', C A c/ A, M S s/DIVISION DE CONDOMINIO

La actora promovió demanda por división de condominio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y suspendió la división de uno de los inmuebles hasta que el hijo mayor alcance los 21 años de edad.

Costas Division de condominio Interes familiar Responsabilidad parental Indivision forzosa Alimentos hijo mayor


¿Quién es el actor?

C A D'

¿A quién se demanda?

M S A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

División de condominio de dos inmuebles (uno en CABA y otro en Escobar)

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia y se suspende la división del inmueble de CABA hasta que el hijo mayor alcance los 21 años, por considerar que la división afectaría el derecho a la vivienda del hijo. Se imponen las costas por su orden en ambas instancias. Fundamentos relevantes:
- La división de la cosa común tiene aptitud para perjudicar el derecho a la vivienda del hijo mayor, que aún se encuentra necesitado del apoyo de sus progenitores.
- Procede la indivisión forzosa temporaria del condominio cuando la partición sea nociva para cualquiera de los condóminos por circunstancias graves.
- El juez tiene la facultad de demorar la partición por el tiempo que considere necesario para evitar perjuicios a los condóminos.
- No corresponde imponer las costas a la demandada, dado que en esencia hubo un allanamiento condicionado al interés del hijo menor.

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