LAUFER, NORMA HAYDEE c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la caída en una rampa para discapacitados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y adecuó el plazo de pago a lo dispuesto por la Ley 23.982.
¿Quién es el actor?
Norma Haydee Laufer
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por caída en rampa para discapacitados
¿Qué se resolvió?
Se confirma la procedencia de la demanda pero se modifica el plazo de pago de la condena conforme la Ley 23.982 Extractos relevantes: "Ante todo cabe señalar que, en cuanto al encuadre jurídico que habrá de regir esta litis y de acuerdo con la fecha en que tuvo lugar el accidente, resulta de aplicación al caso lo dispuesto en la normativa contenida en el Código Civil, hoy derogado, por aplicación de lo dispuesto en el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, actualmente vigente." "Sentado lo que antecede, adelanto que considero que con la prueba obrante en autos, la parte actora cumplió con dicha carga, pues existen suficiente elementos para tener acreditada la ocurrencia del hecho." "Cierto es que la máxima testis unus, testis nullus carece de vigencia en nuestro derecho, pero también lo es que una declaración de ese carácter debe tener corroboración en otros elementos de juicio incorporados a la litis y ser evaluados en su unidad, conforme con las reglas de la sana crítica." "Así las cosas, en atención a las características personales de la actora, de 67 años al momento del accidente y la repercusión que en los sentimientos de la damnificada debió generar la ocurrencia misma del accidente como una agresión inesperada a su integridad física, estimo que el monto otorgado resulta adecuado, por lo que propongo que se confirme."
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