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SEGOVIA, MARIA PAULA c/ TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito como pasajera. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia reduciendo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Franquicia Dano psiquico Pasajero

Daños y perjuicios por accidente como pasajera del colectivo

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se redujo el monto de incapacidad sobreviniente a $174.000 y el de daño moral a $150.000. Se concedió $75.000 por tratamiento psicológico. Se declaró inoponible la franquicia de la aseguradora. Se modificó la tasa de interés.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La incapacidad física y psíquica no reviste carácter permanente, por lo que no corresponde indemnizarlas de forma autónoma
- El monto por daño moral se reduce atendiendo a la gravedad de las lesiones y las circunstancias del caso
- La franquicia es inoponible a la víctima de acuerdo a la nueva normativa de la Superintendencia de Seguros
- Los intereses deben aplicarse conforme la tasa activa del Banco Nación desde la fecha del hecho

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