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G., C. O. c/ R., R. I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Incapacidad fisica Danos materiales Formulas actuariales

Daños y perjuicios por accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por incapacidad física a $ 680.000 y confirmando el resto de los rubros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La responsabilidad por el accidente es objetiva, por lo que los demandados deben responder salvo que acrediten una causa ajena que interrumpa el nexo causal.
- El informe pericial mecánico determinó que el vehículo Volkswagen impactó a la motocicleta del actor.
- La incapacidad física del 23% determinada por el perito médico debe ser indemnizada conforme fórmulas actuariales que cubran la disminución de la aptitud para realizar actividades productivas y de la vida de relación.
- Los montos fijados por la jueza de grado para daño moral ($ 327.000) y daños materiales ($ 9.040) se consideran adecuados.

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