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VILLAREAL JORGE GUSTAVO c/ BRUNI JUAN CARLOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y declaró oponible la franquicia de la póliza de seguro.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Tasa de interes Dano emergente Franquicia de seguro

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo la indemnización por incapacidad sobreviniente a $120.000 y declarando oponible la franquicia de la póliza de seguro. Confirmó los demás rubros indemnizatorios. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que la suma reconocida por incapacidad sobreviniente era elevada y la redujo a $120.000 aplicando un criterio que atiende a fórmulas matemáticas como parámetro orientativo pero también a las circunstancias personales del actor.
- Respecto a la franquicia, la Cámara siguió la jurisprudencia de la CSJN que establece que es oponible al tercero damnificado.
- Sobre los intereses, confirmó la aplicación de la tasa activa del Banco Nación, salvo para el rubro daño emergente donde aplicó una tasa del 8% hasta la fecha de la pericia.

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