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D., D. A. c/ TRANSPORTE 27 DE JUNIO S.A.C.I.F. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un abuso sexual cometido por el chofer de la empresa de transporte. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia y fijó indemnización por daño moral y ordenó el tratamiento psicológico de la víctima.

Dano moral Tratamiento psicologico Relacion de dependencia Abuso sexual Responsabilidad del principal

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un abuso sexual cometido por el chofer mientras la actora era pasajera de su colectivo.

¿Qué se resolvió?


- El Tribunal de Primera Instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a pagar una indemnización a la actora.
- Los demandados apelaron la sentencia.
- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La responsabilidad de la empresa de transporte se basa en que el hecho ilícito fue cometido por su dependiente (chofer) en ocasión de las funciones que le fueron encomendadas.
- Si bien el chofer se apartó de sus deberes, la empresa debe responder por los daños que ocasionó a la pasajera, ya que el riesgo creado con la delegación de funciones en un tercero recae sobre quien lo creó.
- La condena penal del chofer por abuso sexual es un hecho acreditado que no puede desconocerse en esta sede civil.
- En cuanto a la indemnización, se confirmó el daño moral y el tratamiento psicológico ordenado, por considerar que se encuentra debidamente acreditado y fundamentado.

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