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S, K Ac/ GRADEL & KOPELIOFF ARQUITECTOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó a los responsables de la construcción por daños sufridos al caerle un caño desde un piso superior. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica, tratamiento psicológico y daño moral.

Dano moral Intereses Gastos medicos Incapacidad permanente Cosa riesgosa Responsabilidad extracontractual

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente por caída de un caño en una obra en construcción.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó los montos indemnizatorios. Admitió la reparación de la incapacidad psicofísica en $700.000, del tratamiento psicológico en $20.000 y del tratamiento kinesiológico en $15.000. Aumentó la indemnización del daño moral a $350.000. Confirmó lo demás decidido en primera instancia. Principales fundamentos:
- La responsabilidad de los demandados se enmarca en el art. 1113 del Código Civil por tratarse de una cosa riesgosa.
- Corresponde indemnizar la incapacidad psicofísica permanente más allá de la capacidad productiva, en protección de la integridad psicofísica.
- El daño moral debe valorarse atendiendo a las consecuencias del accidente en la víctima.
- Los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado se presumen razonables.
- Los intereses deben correr desde el día del accidente.

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