C. G., B. Y. Y OTRO c/ P., C. A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que falleció el señor Martínez. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por considerar que la absolución penal del demandado hace cosa juzgada en sede civil respecto del hecho principal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Los actores (R. A. M., B. Y. C. G., F. G. M., B. S. M. y F. N. M.) demandaron a C. A. P. por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que falleció el señor F. M. M.
- El tribunal de primera instancia rechazó la demanda, considerando que la absolución penal del demandado hace cosa juzgada en sede civil respecto del hecho principal, es decir, que el camión del demandado no invadió el carril de circulación de la víctima.
- La Cámara Civil confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que el art. 1103 del Código Civil establece que después de la absolución penal, no se puede alegar en sede civil la existencia del hecho principal sobre el cual recayó la absolución. En este caso, el hecho principal era la invasión del carril por parte de la víctima, según lo determinado en la sentencia penal que quedó firme.
- La Cámara consideró que el juez civil no puede revisar la apreciación de los hechos realizada por el juez penal al absolver al imputado, ya que ello implicaría un escándalo jurídico.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: