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AVALOS, ALEJANDRA NOEMI c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó parcialmente la sentencia y rechazó la demanda por considerar que la conducta de la víctima fue la causa exclusiva del daño.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Culpa de la victima Accidente ferroviario Causa adecuada


¿Quién es el actor?

Noemi Alejandra Avalos
- Demandados: Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia SA y Estado Nacional
- Ministerio del Interior y Transporte

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por la muerte de Jorge Alejandro Prieto en un accidente ferroviario

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia y rechazó la demanda, considerando que la exclusiva conducta temeraria de la víctima, que caminaba ebrio junto a las vías, fue la causa del siniestro. La Cámara consideró que las deficiencias en las instalaciones ferroviarias fueron meras condiciones, pero no la causa adecuada del daño. Fundamentos relevantes:
- La responsabilidad de la empresa ferroviaria es objetiva, pero se atenúa cuando la conducta de la víctima es la causa exclusiva del daño.
- La embriaguez de la víctima y su caminar junto a las vías, de espaldas al tren, fue la causa adecuada y exclusiva del siniestro.
- Las deficiencias en las instalaciones, si bien pudieron ser condiciones, no revistieron relevancia causal en el caso.

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