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BESCOTI, JOSE MARIA c/ FIGUEREDO, MARCELO SEBASTIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda contra el tomador del seguro por no estar legitimado pasivamente.

Accidente de transito Responsabilidad civil Legitimacion pasiva Art 1113 codigo civil Tomador del seguro

Daños y perjuicios por un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda contra Figueredo y su aseguradora. El tribunal consideró que Figueredo, en su calidad de tomador del seguro, no se encuentra legitimado pasivamente conforme al art. 1113 del Código Civil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El art. 1113 del Código Civil establece que los legitimados pasivos son el dueño o guardián del vehículo, pero no el tomador del seguro que no revista esa calidad. El hecho de contratar el seguro no convierte al tomador en responsable frente al damnificado. Tampoco se invocó que Figueredo tuviera participación directa en el accidente.

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