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B., L. A. c/ H. S., A. s/LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES

La actora reclamó la liquidación de la comunidad conyugal y una compensación económica. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció al demandado una recompensa por las mejoras realizadas en el inmueble propio de la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La señora L. A. B. inició demanda contra el señor Santo A. H. para liquidar los bienes de la comunidad conyugal y obtener una compensación económica. La Cámara Civil acogió parcialmente la demanda y declaró gananciales algunos vehículos y un inmueble. También reconoció al demandado una recompensa de $30.000 por las mejoras realizadas en un inmueble propio de la actora, pero rechazó su pedido de recompensa por la construcción de dicho inmueble. La Cámara confirmó lo demás decidido en primera instancia. Los principales fundamentos fueron:
- Los vehículos adquiridos durante el matrimonio con el producido de los taxis, que el demandado reconoció eran gananciales, tienen ese carácter.
- Si bien el demandado alegó que el inmueble en Jujuy no existía, lo había reconocido previamente, por lo que no puede contradecirse.
- Correspondía reconocer al demandado una recompensa de $30.000 por las mejoras que realizó en el inmueble propio de la actora, ya que se acreditó que las pagó con fondos gananciales.

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