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CONTI, SANDRA MABEL Y OTRO c/ LA VECINAL DE MATANZA SACI DE MICROMNIBUS LINEA DE COLECTIVO 180 INT 36 s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demandantes accionaron por daños sufridos en un accidente de transporte público, pero la Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se probó la existencia del contrato de transporte ni el nexo causal entre el siniestro y las lesiones alegadas.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Nexo causal Contrato de transporte Accidente de transporte publico Consumidor pasajero

Resarcimiento de daños por accidente de transporte sufrido el 22/07/2016

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Fundamentos principales:
- El tribunal de primera instancia consideró que no había pruebas que permitan inferir que las actoras viajaban en el colectivo de la demandada y que allí sufrieran el accidente narrado.
- Si bien la responsabilidad del transportista es objetiva, las actoras tenían la carga de probar la celebración del contrato de transporte y que las lesiones sufridas ocurrieron durante su ejecución, lo cual no lograron acreditar.
- La causa penal y las constancias médicas no permiten vincular las lesiones con el supuesto accidente. Tampoco se logró recabar testimonios u otras pruebas que corroboraran el relato de las demandantes.
- Ante la falta de pruebas, no corresponde interpretar la duda a favor del consumidor-pasajero, ya que ello implicaría una condena sin verificarse debidamente los presupuestos fácticos necesarios.

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