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F M T c/ PROP AV DE LOS INCAS 4641/4643 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en la acera. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia reduciendo el monto indemnizatorio por daño psíquico.

Dano moral Responsabilidad civil Incapacidad Dano psiquico Ejecucion de sentencia contra el estado Acera Ley 23 982

Indemnización por daños y perjuicios derivados de una caída en la acera

¿Qué se resolvió?


- Se confirma la responsabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el propietario por el mal estado de la acera
- Se reduce el monto indemnizatorio por daño psíquico de $570.000 a $400.000
- Se confirma el monto indemnizatorio por daño moral en $350.000
- Se modifica el plazo y forma de pago por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez analizó las pruebas y concluyó que la acera se encontraba en mal estado, lo que acreditaba la responsabilidad de los demandados.
- Respecto al daño físico, el perito médico concluyó que las lesiones no tenían nexo causal con el accidente, por lo que no correspondía indemnizarlas.
- En cuanto al daño psíquico, si bien se reconoció la existencia de un trastorno, se consideró que el monto fijado era elevado y se redujo a $400.000.
- El daño moral fue confirmado en $350.000 por considerarse ajustado a las circunstancias.
- Se modificó el plazo y forma de pago por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, debiendo abonar en 30 días el monto equivalente al doble de la remuneración del Jefe de Gobierno, y el saldo restante conforme el régimen de la Ley 23.982.

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