R., T. c/ TELEARTE SA EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la difusión no consentida de imágenes de su despedida de soltero. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y confirmó la condena a los medios de comunicación por la invasión a la privacidad del actor.
Indemnización por daño moral por la invasión a su privacidad al difundir imágenes de su despedida de soltero sin su consentimiento.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena a los medios de comunicación por la difusión no autorizada de las imágenes, considerando que se transgredió el derecho a la privacidad y a la propia imagen del actor. Rechazó los agravios de los medios y confirmó las sumas indemnizatorias fijadas por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la privacidad y a la propia imagen prevalece sobre la libertad de prensa, salvo que exista un interés público prevaleciente, lo cual no se configuró en este caso.
- Aun cuando las imágenes se hubiesen publicado previamente en redes sociales, la posterior difusión en los programas de televisión y medios digitales implicó una nueva invasión a la intimidad del actor.
- La sola demostración de la transgresión al derecho a la propia imagen acredita la existencia del daño moral, sin necesidad de prueba adicional.
- Las sumas indemnizatorias fijadas resultan equitativas y proporcionales a los padecimientos sufridos por el actor.
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