ZARCO, GUSTAVO CHRISTIAN c/ TRANSPORTE LARRAZABAL C.I.S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido durante el transporte en un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física, daño estético y daño moral.
Indemnización por daños y perjuicios sufridos en un accidente ocurrido el 9 de mayo de 2017 mientras viajaba en un colectivo, cuando el conductor cerró bruscamente la puerta y le atrapó el dedo pulgar derecho.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó la indemnización por incapacidad física a $500.000, por daño estético a $540.000 y por daño moral a $340.000. Estableció que se deberá deducir la cantidad que el actor haya percibido o perciba de su ART, cuya determinación se difiere a la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La responsabilidad del transportista es objetiva, debiendo garantizar la seguridad de los pasajeros.
- La prueba acreditó la ocurrencia del accidente y las lesiones sufridas por el actor.
- La incapacidad física es del 11,56%, de la cual 5,56% corresponde a la afectación física.
- El daño estético tiene incidencia patrimonial y debe ser indemnizado de forma autónoma.
- El daño moral se fija en $340.000 atendiendo a la entidad del daño y las circunstancias del caso.
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