P., E. L. c / EMPRESA MICROOMNIBUS G. S. M. SAC Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido en un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por un accidente ocurrido cuando viajaba como pasajera en un colectivo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó las indemnizaciones por incapacidad física ($180.000) y daño moral ($90.000). Confirmó el resto de la condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la incapacidad física, si bien el porcentaje determinado por la pericia es una pauta, el juez debe evaluar las consecuencias que afecten a la víctima en su vida individual y social. Tomó como referencia las pautas de la ley de riesgos del trabajo.
- En cuanto al daño moral, se debe tener en cuenta el sufrimiento y angustia verosímilmente padecidos por la damnificada.
- Los gastos de atención médica, farmacia y traslado se presumieron razonables por la entidad de las lesiones.
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