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O., G. A. C/ C., S. N. Y C., C. I. S/ MEDIDA CAUTELAR ALIMENTOS PROVISORIOS

La actora G.A.O. interpuso un recurso de revocatoria contra la resolución que rechazó la medida cautelar de alimentos provisorios. El tribunal confirmó la decisión, argumentando que no se puede imponer una obligación alimentaria a quienes no están legalmente obligados.

Medida cautelar Alimentos provisorios Obligacion alimentaria Revocatoria Codigo civil y comercial Interes superior del nino Solidaridad familiar Tutela judicial efectiva Recursos judiciales Tios como obligados alimentarios


¿Quién es el actor?

G.A.O. (en representación de su hijo N.D.O.C.)
- Demandados: S.N.C. y C.I.C. (tías paternas del niño)
- Objeto de la demanda: Medida cautelar de alimentos provisorios
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de revocatoria y se concede el recurso de apelación en subsidio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La necesidad alimentaria constituye uno de los presupuestos esenciales del derecho alimentario; sin embargo, no posee aptitud para crear por sí misma una obligación jurídica ni para ampliar el elenco de obligados definido por el legislador." "La imposición de una obligación patrimonial requiere necesariamente una fuente normativa suficiente que la autorice." "La falta de cumplimiento del obligado principal no transforma automáticamente a terceros en obligados alimentarios."

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