MOLLO TICONA, PORFIRIO Y OTRO c/ MAMANI RAMOS, FELIPE Y OTRO s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION
La actora promovió demanda por lesiones sufridas al ser transportada gratuitamente en un vehículo. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al propietario del vehículo y a su aseguradora.
¿Quién es el actor?
Graciela Mollo Ticona
¿A quién se demanda?
Felipe Mamani Ramos (propietario del vehículo) y Federación Patronal Seguros S.A. (aseguradora)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por lesiones sufridas en accidente de tránsito cuando era transportada gratuitamente
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al propietario del vehículo y a su aseguradora a pagar una indemnización de $6.525.000, con intereses desde el hecho hasta el pago efectivo.
Fundamentos principales:
- El transporte benévolo se encuadra en la responsabilidad extracontractual y es aplicable el régimen de responsabilidad objetiva por el hecho de las cosas del art. 1113 Código Civil.
- La aceptación del riesgo por parte de la víctima transportada no exime de responsabilidad al propietario/guardián, salvo que su conducta interrumpa el nexo causal.
- Para la cuantificación del daño, se aplican fórmulas matemáticas para calcular el lucro cesante por incapacidad, y se pondera la afectación en actividades "económicamente valorables".
- El daño moral debe repararse conforme al art. 1741 Código Civil y Comercial, brindando a la víctima satisfacciones sustitutivas y compensatorias.
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