Incidente Nº 3 - ACTOR: F. B. , A. Y OTRO DEMANDADO: Y., N. S. s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y declaró la validez del convenio de honorarios entre los abogados y su clienta, al que deberá descontarse la suma ya abonada por la misma.
Ejecución de convenio de honorarios por trabajos profesionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad del convenio de honorarios. Consideró que no se configuraban los vicios de lesión ni violencia alegados por la clienta. Ordenó descontar de la suma total los U$S 44.000 ya abonados por la clienta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El convenio celebrado no era un pacto de cuota litis sino un acuerdo de honorarios, por lo que no se aplicaba la prohibición legal de este tipo de pactos en asuntos de familia.
- No se acreditó la existencia de ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada a favor de los abogados respecto a las tareas realizadas, por lo que no se configuraba el vicio de lesión.
- Tampoco se verificaba un supuesto de violencia de género que viciara el consentimiento de la clienta al momento de suscribir el convenio.
- Respecto a la modificación verbal alegada del convenio, la prueba aportada por la clienta resultó insuficiente para acreditar dicha modificación.
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