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PIEDRABUENA, DIEGO GASTON c/ MONTI, VERONICA DIANA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La parte actora promovió revocatoria contra la decisión que declaró inapelable la sentencia de primera instancia. La Cámara Civil desestimó el recurso al considerar que la normativa sobre el monto mínimo de apelación es de aplicación inmediata a los procesos en trámite.

Accidente de transito Danos y perjuicios Acordada csjn Recurso de revocatoria Monto minimo de apelacion Orden publico procesal Aplicacion inmediata de normas procesales


¿Quién es el actor?

Diego Gastón Piedrabuena

¿A quién se demanda?

Verónica Diana Monti y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Resolución: La Cámara Civil desestimó el recurso de revocatoria interpuesto por el actor contra la decisión que declaró inapelable la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jurisprudencia admite excepciones a la regla de que las resoluciones de un tribunal de alzada no son recurribles, a través de la revocatoria in extremis cuando se advierte un error esencial en la apreciación de los antecedentes del caso.
- Sin embargo, en este caso no se advierte que haya habido un error de tal magnitud. La aplicación del nuevo monto mínimo de apelación previsto en la Acordada 41/2019 de la CSJN es procedente incluso para los procesos en trámite, pues las normas procesales son de orden público y no hay derecho adquirido a ser juzgado por un determinado procedimiento.
- La Corte Suprema ha sostenido que las nuevas normas de competencia y procedimiento son aplicables a las causas pendientes, salvo que ello importe despojar de efectos a actos procesales válidos.

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