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D, C/ TNF s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La actora promovió demanda por cobro de sumas de dinero correspondientes a un plazo fijo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que le reconoció el derecho a percibir un tercio del monto del plazo fijo.

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Cobro de sumas de dinero correspondientes a un plazo fijo
- Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se reconoce a la actora el derecho a percibir un tercio del monto del plazo fijo, de conformidad con la presunción legal del art. 1400 del Código Civil y Comercial.
- Fundamentos: La Cámara consideró que no se acreditó que los fondos del plazo fijo fueran de propiedad exclusiva de la tía fallecida, ni que hubiera una donación manual válida. Por lo tanto, corresponde aplicar la presunción legal de que los fondos pertenecían por partes iguales a los tres cotitulares (la actora, la demandada y el tío fallecido). En consecuencia, la actora tiene derecho a percibir un tercio del monto del plazo fijo. Respecto a los intereses y su capitalización, se confirmaron los criterios aplicados en la sentencia de primera instancia.

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