DI LELLA, ANDREA NIEVES c/ METROVIAS S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en una escalera de la estación de subte. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda al concluir que no se acreditó la existencia de un vicio o defecto constructivo en la escalera que hubiese sido la causa de la caída.
Daños y perjuicios por caída en escalera de estación de subte
- Decisión: Se rechaza la demanda
- Fundamentos:
- El tribunal concluyó que no se probó la existencia de un vicio o defecto en la escalera que fuera la causa de la caída de la actora.
- Si bien la actora alegó que la escalera tenía un desnivel y estaba sucia, el perito técnico no detectó tales anomalías y señaló que la escalera cumplía con las especificaciones técnicas correspondientes.
- La Cámara consideró que en este tipo de casos de cosas inertes, corresponde al damnificado probar la existencia del vicio o defecto que generó el daño, lo cual no ocurrió en el caso.
- Además, se consideró que la caída pudo deberse a la falta de atención o precaución de la actora al descender por la escalera.
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