MENDOZA LUIS ALBERTO c/ REYNOSO JAIRO JAVIER Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara declara abstracto el recurso extraordinario promovido por la aseguradora citada en garantía, al haber alcanzado las partes un acuerdo de pago.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara abstracto el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora citada en garantía, ya que las partes (actor y aseguradora) llegaron a un acuerdo de pago, por lo que no subsiste un interés actual respecto de la cuestión de la inoponibilidad de la franquicia del seguro a la víctima, que había sido confirmada en instancias anteriores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Producto del acuerdo de pago alcanzado entre la parte actora y la empresa de seguros, en ausencia de controversia actual sobre el punto, bajo tales circunstancias no subsiste un interés actual sobre la cuestión. La declaración de inoponibilidad de la franquicia frente al damnificado emitida en la instancia de grado y confirmada por el tribunal ya no constituye un asunto que justifique la subsistencia de la instancia extraordinaria planteada por la aseguradora, desde que, cualquiera sea el resultado de la vía federal, cuanto se decida a su respecto carecería de incidencia en la extensión y medida de las relaciones entre la parte actora y la parte citada en garantía, quienes de manera conjunta determinaron el modo como se cancelarían las obligaciones derivadas de la recepción del reclamo indemnizatorio favorable al demandante."
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