PALETTA, ROBERTO GERMAN Y OTRO c/ VALICENTI, LUIS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor reclamó indemnización por daños sufridos en un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y confirmó los montos reconocidos por incapacidad psíquica y daño moral.
Indemnización por daños derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad del demandado y los montos reconocidos por incapacidad psíquica (5%) y daño moral. Modificó parcialmente la sentencia al confirmar la tasa de interés aplicada.
Fundamentos relevantes:
- El daño psíquico debe ser resarcido en la medida que signifique una disminución en las aptitudes psíquicas, con el consiguiente quebranto espiritual.
- Para cuantificar la incapacidad psíquica se tomaron en cuenta la edad de la víctima, expectativa de vida y salario mínimo, aplicando una tasa de descuento del 4%.
- El daño moral tiene carácter resarcitorio y no se limita al "pretium doloris", sino que apunta a toda lesión del espíritu que se traduce en alteraciones desfavorables.
- La tasa activa fijada desde el accidente hasta el pago efectivo es la más adecuada para mantener intangible el capital de condena.
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