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L., S. L. Y OTRO c/ E. L. 216 S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos y tratamiento psicológico.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Gastos medicos Privacion de uso Dano psiquico


- Actores: S. L. L. y M. S. Q.
- Demandados: E. L. D. D. Sociedad Anónima de Transporte; C. D. S.; Escudo Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que el vehículo de la actora L. fue embestido por un colectivo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física y psicológica (a $700.000), daño moral ($350.000), gastos médicos y farmacéuticos ($2.000), tratamiento psicológico ($37.500) y privación de uso ($6.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se consideró que la indemnización por incapacidad debe tener en cuenta no solo el porcentaje de incapacidad, sino también la disminución de beneficios y la afectación integral a la vida de la víctima. El daño psíquico, aunque se relaciona con el daño moral, merece una partida indemnizatoria diferenciada. Los gastos médicos y farmacéuticos deben presumirse en función de la entidad de las lesiones. El tratamiento psicológico es necesario para evitar el agravamiento de las secuelas. La privación de uso del vehículo constituye un daño indemnizable.

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