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ALLIP, NICOLAS c/ MICROOMNIBUS QUILMES S.A.C.I.F. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, elevando la indemnización por incapacidad sobreviniente.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Franquicia


¿Quién es el actor?

Nicolás Allip
- Demandados: Microómnibus Quilmes S.A.C.I.F. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito cuando Allip viajaba como pasajero de un colectivo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia, elevando la indemnización por incapacidad sobreviniente de $340.000 a $700.000. Confirmó el monto por daño moral de $150.000. Revocó la inoponibilidad de la franquicia a la aseguradora. Ordenó que los intereses se liquiden desde la fecha del accidente a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el monto por incapacidad sobreviniente era reducido, teniendo en cuenta la edad del actor, sus condiciones personales y el dictamen pericial que determinó una incapacidad física del 9,6% y psíquica del 10%. Respecto a la franquicia, aplicó el criterio de la CSJN en "Flores c/ Giménez" que la considera oponible a la víctima. En cuanto a los intereses, se apartó del criterio del voto mayoritario aplicando la tasa activa desde la fecha del hecho.

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