Logo

Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: FLORES, CIRO FEDERICO TOMAS s/INFRACCION LEY 23.737

Condenaron a Ciro Federico Tomás Flores por transporte de estupefacientes tras juicio abreviado. El Tribunal Oral Federal de Tucumán homologó el acuerdo de juicio abreviado y lo condenó a cuatro años de prisión, ordenando además el decomiso de lo secuestrado y la destrucción del remanente de droga.

Transporte de estupefacientes Juicio abreviado Decomiso Destruccion de estupefacientes Pena 4 anos Ley 23.737 Art. 431 bis cppn Prueba pericial Ruta nacional 9 Pfa

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (representado por el Sr. Fiscal General Subrogante, Dr. Pablo Camuña). Demandado: Ciro Federico Tomás Flores, DNI N° 30.694.425. Objeto: Imputación por transporte de estupefacientes (art. 5 inc. “c” Ley 23.737) por hallazgo de 1.069,39 gramos de cocaína en un paquete adherido al abdomen durante un control en Ruta Nacional 9, km 1358 (26/03/2024); decomiso de dinero y elementos secuestrados. Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Ciro Federico Tomás Flores a CUATRO (4) años de prisión, mínimo de la multa conforme Ley 27.302, accesorias legales y costas; se ordenó el decomiso del dinero y de los elementos secuestrados y la destrucción del remanente del material estupefaciente; y que, por Secretaría y una vez firme, se practique el cómputo de la pena y planilla de costas procesales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia): "El acuerdo de JUICIO ABREVIADO fue suscripto por el Sr. Fiscal General Subrogante, Dr. Pablo Camuña, el imputado Ciro Federico Tomás Flores, asistido por su defensa técnica, el Defensor Público Oficial Dr. Mariano Galletta, quienes impetraron la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el art. 431 bis del CPPN." "Este plexo probatorio habilita afirmar que no se advierten vicios de razonabilidad para formular oposición a la subsunción de las conductas, a los tipos penales cuya subsunción y participación acordaron las partes." "También se comparte el quantum de la pena que han acordado las partes en tanto se encuentra comprendida dentro de la escala legal prevista para la conducta reprochada; homologando pues, la pena a imponer a CIRO FEDERICO TOMAS FLORES la pena de CUATRO (4) años de prisión, mínimo de la multa conforme Ley 27.302, accesorias legales y las costas del presente proceso, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes (arts. 12, 29 inciso 3°, 45 del Código Penal de la Nación y art. 5 inciso “c” de la Ley 23.737)." "Además, se dispone el decomiso del dinero y de los demás elementos secuestrados (art. 30 Ley 23737 y 23 del Código Penal)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia; la resolución fue dictada en composición unipersonal y el acuerdo fue homologado por el juez.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar