V., M. V.c/ I. M.DE O. SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados del nacimiento de su hijo, que nació deprimido grave y falleció posteriormente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que la actuación de los profesionales médicos se ajustó a la lex artis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora M.V.V. demandó al Instituto Médico de Obstetricia SA, a los médicos P.G., C.B. y P.S. por los daños y perjuicios derivados del nacimiento de su hijo E.A.V., quien nació deprimido grave y requirió maniobras de reanimación, falleciendo posteriormente.
- La sentencia de primera instancia rechazó la demanda.
- La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Consideró que de acuerdo a la pericia médica, la actuación de los profesionales se ajustó a la lex artis, y que no se probó una conducta culposa que hubiera causado el resultado dañoso. Señaló que si bien el niño nació deprimido y luego falleció, en el estado actual de los conocimientos es muy difícil determinar el momento y la causa exacta de la asfixia.
- Respecto a la alegada violencia obstétrica, consideró que su introducción como causa del episodio constituía una inadmisible innovación de las cuestiones planteadas en la demanda.
- En cuanto a las costas, se impusieron en el orden causado, atendiendo a las particularidades del caso y a que la parte actora pudo creerse con derecho a peticionar.
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