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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal: se declaró expedita la ejecución de la deuda y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para proceder hasta cobrar el íntegro del capital y sus intereses. El juzgado impuso las costas del proceso a la ejecutada por no haber opuesto excepciones dentro del término legal.

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¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora/acreedor administrativo).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no identificada por nombre en la parte resolutiva).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda; pedido de declaración de vía expedita para proceder con la ejecución fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses. Se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó registro, notificaciones y publicación (Ac. CSJN 10/2025).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." (Decisión) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.-"
- Votos en disidencia: No consta disidencia.

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