P., J. M. c/ P. ART S.A. s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES
El actor promovió demanda por cobro de honorarios profesionales derivados de su actuación en el procedimiento administrativo de rechazo de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y elevó sustancialmente los honorarios regulados al letrado.
Cobro de honorarios profesionales por asesoramiento y patrocinio en el procedimiento administrativo ante la Comisión Médica por rechazo de accidente de trabajo de su cliente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó los honorarios del actor de $59.512 a 10 UMA, equivalente a $90.010. Consideró que la labor profesional desplegada por el abogado en el procedimiento administrativo debe ser adecuadamente remunerada en proporción a los honorarios fijados judicialmente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actividad profesional del abogado se presume onerosa, por lo que debe ser retribuida.
- La Ley 27.348 establece que los honorarios del abogado que patrocine al trabajador deben estar a cargo de la ART.
- La Resolución SRT 298/2017 prevé que en caso de reconocimiento total o parcial de la pretensión reclamada por el trabajador, los honorarios se fijarán conforme a las leyes arancelarias vigentes.
- Correspondía elevar los honorarios a 10 UMA ($90.010) atendiendo al motivo, extensión y calidad jurídica de la labor, complejidad y resultado obtenido.
- Los gastos reclamados forman parte de las costas del proceso y no de la indemnización.
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