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Y, G H Y OTRO c/ A, J F Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores interpusieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos médicos.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Gastos medicos

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se elevaron los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (de $190.000 a $320.000), daño moral (de $236.700 a $150.000) y gastos médicos (de $3.000 a $10.000). Se mantuvo el monto por daños materiales y privación de uso. Se dispuso que los intereses se calculen a la tasa activa del Banco Nación Argentina desde el accidente, con excepción de los rubros de tratamiento, daños materiales y desvalorización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La normativa aplicable es el régimen de responsabilidad objetiva por riesgo creado del Código Civil y Comercial.
- Correspondía a los demandados y la aseguradora acreditar las eximentes alegadas, lo que no ocurrió.
- Para la incapacidad sobreviniente se tomaron como pauta las disposiciones sobre incapacidad laboral permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo, considerando las particularidades del caso.
- Para el daño moral se valoró el sufrimiento y angustia padecidos.
- Los gastos médicos se presumieron razonables en función de la entidad de las lesiones.
- Los intereses deben calcularse a la tasa activa del Banco Nación, salvo en algunos rubros.

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