PEÑA, ROSANA ADELINA Y OTROS c/ CONSULTORES ASOCIADOS ECOTRANS S.A. LINEA 322 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica sobreviniente y daño moral a la menor Candela Agustina Miranda.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito en el que Candela Agustina Miranda, de 10 años, sufrió lesiones en su mano izquierda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación, elevando a $500.000 la indemnización por incapacidad psicofísica y a $250.000 la de daño moral a favor de Candela Agustina Miranda. Además, declaró la inoponibilidad de la franquicia a la víctima y estableció el pago de intereses moratorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que los montos otorgados en primera instancia resultaban insuficientes, atendiendo a la gravedad de las lesiones sufridas por la menor y a sus particulares condiciones personales. Respecto de la franquicia, aplicó la doctrina del plenario "Obarrio" que la declaró inoponible a la víctima.
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