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PEÑA, ROSANA ADELINA Y OTROS c/ CONSULTORES ASOCIADOS ECOTRANS S.A. LINEA 322 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica sobreviniente y daño moral a la menor Candela Agustina Miranda.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Incapacidad Franquicia

Daños y perjuicios por accidente de tránsito en el que Candela Agustina Miranda, de 10 años, sufrió lesiones en su mano izquierda.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación, elevando a $500.000 la indemnización por incapacidad psicofísica y a $250.000 la de daño moral a favor de Candela Agustina Miranda. Además, declaró la inoponibilidad de la franquicia a la víctima y estableció el pago de intereses moratorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que los montos otorgados en primera instancia resultaban insuficientes, atendiendo a la gravedad de las lesiones sufridas por la menor y a sus particulares condiciones personales. Respecto de la franquicia, aplicó la doctrina del plenario "Obarrio" que la declaró inoponible a la víctima.

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