MARKEL FRIEDMAN ZITKA Y OTROS c/ AUAD O AUAD Y TAUIL ANDRES ABRAHAM O NADER Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA
La Cámara Civil - Sala K modificó la sentencia de primera instancia y declaró que La Planta de Juan B. Justo Sociedad Anónima adquirió por usucapión el 37,50% (3/8 partes indivisas) del inmueble en cuestión.
¿Quién es el actor?
Los señores Z. M. F., E. J. de C., A., J. E. y M. D. o D. y A., y A. A. B.
- Demandados: Los señores A. A. o N. A. o A. y T. y S. A. o A. y T.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva de dominio veinteañal respecto de las 3/8 partes indivisas (37,5%) de un inmueble.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso y modificó la sentencia de primera instancia, declarando que "La Planta de Juan B. Justo Sociedad Anónima" adquirió por usucapión el 37,50% (3/8 partes indivisas) del inmueble, en su carácter de cesionaria de los derechos y acciones posesorias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sentencia de primera instancia reconoció que los señores D. o D. y A. y B. lograron probar el ejercicio de la posesión sobre las 3/8 partes del inmueble durante el tiempo necesario para adquirir por prescripción adquisitiva.
- Las señoras F. y J. de C. eran las titulares de los derechos posesorios y las acciones derivadas de estos, en virtud de la cesión realizada por los señores D. o D. y A. y B.
- Posteriormente, las señoras F. y J. de C. cedieron sus derechos y acciones litigiosos a "La Planta de Juan B. Justo Sociedad Anónima", que se convirtió en la parte actora sustituta.
- Por lo tanto, corresponde declarar que "La Planta de Juan B. Justo Sociedad Anónima" adquirió por usucapión el 37,50% (3/8 partes indivisas) del inmueble.
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