C. P. F. c/ C. E. P. Y OTROS s/DIVISION DE CONDOMINIO
La actora promovió demanda de división de condominio de un inmueble. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia al suspender la partición por 2 años en atención a la situación de salud del co-condomino G.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora P. F. C. promovió demanda de división de condominio respecto de un inmueble adquirido por su madre, en representación de los hijos, con partes iguales. Los co-condominos son P. F. C., E. P. C. y G. R. O. C. El juez de primera instancia hizo lugar a la división de condominio, pero difirió para la etapa de ejecución de sentencia la determinación de la postergación de la partición. La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia y, si bien hizo lugar a la división de condominio, suspendió la partición por el plazo de 2 años, en atención a la situación de salud del co-condomino G., quien padece esquizofrenia. El tribunal consideró que la internación de G. sería perjudicial para su tratamiento y recuperación, por lo que es necesario postergar la partición para preservar su derecho a la vivienda y contención familiar. Asimismo, revocó el plazo de 30 días impuesto a las partes para acordar una solución.
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