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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por boleta de deuda contra la demandada; el Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta el pago íntegro del capital y sus intereses. Además, impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Ley 11.683 Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Ejecucion expedita Costas Notificacion Juzgado federal de moreno Publicacion csjn.


¿Quién es el actor?

la actora (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, en lo dispositivo habilitada para ejecutar).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (no surge su nombre en el texto transcripto).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda por boleta de deuda (cobro fiscal) por el capital reclamado más sus intereses.

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenaron notificaciones y comunicaciones administrativas (Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la CSJN) y publicación (Ac. CSJN 10/2025).
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." (Decisión dispositiva) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: no constan disidencias en el expediente.

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