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GARRIDO MARIA JOSEFA Y OTRO c/ OMINT SA DE SERVICIOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de errores médicos en el tratamiento de su hija menor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y condenó parcialmente a las demandadas.

Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Responsabilidad medica Sistema de salud Diagnostico Radiografia Cuerpo extrano

Daños y perjuicios por negligencia médica en el tratamiento de su hija menor, quien falleció a los 3 años tras ingerir una pila.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó parcialmente a las demandadas. Se consideró que la Dra. D incurrió en negligencia al no solicitar oportunamente una radiografía que hubiera permitido el diagnóstico temprano. Consolidar Salud (Omint) también fue condenada por responsabilidad objetiva del sistema de salud. Se fijaron indemnizaciones por incapacidad sobreviniente (daño psicológico) y daño moral a favor de los padres. Fundamentos relevantes:
- La obligación del médico es de medios y no de resultados, por lo que debe acreditar que actuó conforme a la lex artis.
- El sistema de salud debe funcionar de manera articulada y activa, siendo responsable el prestador por los actos de los profesionales que integran su sistema.
- Ante síntomas inespecíficos que se mantienen en el tiempo, sin evolución favorable, correspondía solicitar estudios complementarios para establecer el diagnóstico certero.
- Las secuelas psíquicas de los padres, probadas en la pericia, generan daño resarcible.

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