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VILLA ANGEL EDUARDO c/ RETAMOZO EDGARDO JUAN JOSE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Exclusion de cobertura Seguro obligatorio

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (de $480.000 a $1.900.000) y daño moral (de $400.000 a $900.000). También incluyó el costo del tratamiento psicológico ($4.800). Extendió la condena a la compañía aseguradora. Fundamentos principales:
- La incapacidad física y psíquica debe ser indemnizada de manera integral, no solo la incapacidad laboral sino también la incapacidad vital que afecta la vida de relación.
- Para determinar el monto de la incapacidad sobreviniente, se aplicaron fórmulas actuariales de manera orientativa, sin perder de vista las circunstancias particulares del caso.
- El daño moral debe ser evaluado en función de la gravedad de las lesiones, la entidad del sufrimiento causado y las consecuencias en la vida del damnificado.
- La aseguradora incumplió el plazo legal para pronunciarse sobre la cobertura, por lo que no puede oponer la exclusión.

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