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EGUEZ FERNANDEZ, GRACIELA c/ GARANTIA MUTUAL DE SEGUROS DEL TTE PUBLICO DE PASAJEROS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

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Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sufrido como pasajera de un colectivo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó en forma íntegra a la empresa de transporte, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente ($400.000) y daño moral ($200.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La empresa de transporte tiene una obligación de resultado y responde objetivamente por los daños sufridos por el pasajero, salvo caso fortuito, hecho de la víctima o de un tercero.
- La prueba aportada no acreditó fehacientemente que la irrupción del peatón en la vía exclusiva del colectivo haya tenido el carácter de imprevisible e inevitable.
- Para cuantificar la incapacidad sobreviniente debe ponderarse la edad, condición socio-económica de la víctima y la concreta incidencia en su vida, más allá de los porcentajes periciales.
- La indemnización por daño moral busca compensar los padecimientos y sufrimientos de la víctima, siendo su monto de determinación prudencial.

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