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Incidente Nº 1 - ACTOR: LOPEZ , MARTA Y OTROS s/ART. 250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL

La parte demandada apeló parcialmente la sentencia que hizo lugar a la acción reivindicatoria. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia y mantuvo la imposición de multas por temeridad y malicia al letrado patrocinante.

Sucesion Reivindicacion Temeridad Malicia procesal Deberes del abogado Principio de moralidad


¿Quién es el actor?

Manuel Jorge López y Dora López, en carácter de coherederos y administradores del sucesorio de Juan Jorge López.

¿A quién se demanda?

Patricia Nora Nocito, sus herederos y otros ocupantes del inmueble sito en Vedia 3170.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reivindicación del bien.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a los demandados a desalojar el inmueble y se les impuso multas por temeridad y malicia procesal, incluyendo al letrado patrocinante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La conducta procesal de los demandados, con presentaciones manifiestamente improcedentes y recursos inconducentes, evidenció que resistieron la pretensión con conciencia de la sinrazón de sus planteos.
- Si bien el derecho de defensa es legítimo, no es absoluto y el letrado tiene el deber de ajustar su conducta a principios éticos como la buena fe, lealtad y probidad en el proceso.
- La misión del abogado no se limita a preparar escritos, sino que implica asumir la dirección del proceso y emplear diligencia para conducirlo de la mejor manera.
- La imposición de multas al letrado por temeridad y malicia procesal fue adecuada, ya que no puede desconocer las actitudes de sus representados que el juez consideró constitutivas de tales conductas.

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