STRANO MARIELA PAOLA Y OTRO c/ YPF SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los progenitores demandaron por daños derivados de la publicación no autorizada de la fotografía de su hija en un catálogo solidario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia al fijar los intereses según la tasa activa del Banco Nación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los progenitores de Dana Zoe Reale promovieron demanda por daños y perjuicios contra la Fundación Banco de Alimentos y YPF S.A. por la publicación no autorizada de la fotografía de su hija en un catálogo de premios de un programa de fidelización. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, al considerar que la publicación sin consentimiento infringía el derecho a la propia imagen de la niña, y condenó a las demandadas a pagar una indemnización por daño moral. Todas las partes apelaron. La Cámara de Apelaciones confirmó la admisión de la demanda y el monto indemnizatorio por daño moral, pero modificó el fallo para fijar los intereses según la tasa activa del Banco Nación. Los fundamentos principales fueron: 1) el derecho a la propia imagen tiene autonomía y su vulneración no requiere afectar otros derechos personalísimos; 2) la finalidad solidaria y ausencia de ánimo de lucro de la publicación no justifican la falta de autorización, debiendo interpretarse restrictivamente las excepciones del art. 31 de la Ley de Propiedad Intelectual; 3) ambas demandadas intervinieron en la publicación, razón por la cual se les atribuyó responsabilidad.
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