SWISS MEDICAL ART S.A. Y OTRO c/ SCOTTO NORBERTO ALFREDO Y OTROS s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos contra sentencia de primera instancia al considerar que el monto del proceso no supera el límite para apelar, a pesar del desacuerdo de uno de los jueces.
Cobro de sumas de dinero
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia de primera instancia, al considerar que el monto del proceso no supera el límite mínimo de apelación establecido en el art. 242 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal de alzada tiene la facultad de examinar la procedencia del recurso de apelación, más allá de la conformidad de las partes o la resolución del juez de primera instancia.
- La Corte Suprema, mediante sucesivas Acordadas, ha ido actualizando el monto mínimo de apelación, el cual se encuentra actualmente fijado en $700.000.
- Según el art. 242 del CPCCN, son inapelables las sentencias definitivas y demás resoluciones dictadas en procesos cuyo monto cuestionado sea inferior a $300.000, monto a determinar por el capital reclamado en la demanda.
- Si bien las Acordadas establecían su aplicación a demandas o reconvenciones presentadas desde su publicación, el tribunal considera que una interpretación literal desnaturalizaría el espíritu de la reforma, que busca actualizar los montos mínimos de apelabilidad.
- Por lo tanto, en este caso, al no superar el monto del proceso los $300.000 vigentes a la fecha de interposición de los recursos, la sentencia de primera instancia resulta inapelable.
- Uno de los jueces, el Dr. Liberman, emite voto en disidencia, considerando que la sentencia debería ser apelable por aplicación literal del art. 242 CPCCN.
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