ARCA c/ GONZALEZ JUAN ALBERTO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA promovió ejecución fiscal contra Juan Alberto González por $16.824.204,77. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar a la ejecución, ordenó el cobro de la suma reclamada con intereses y costas y dispuso que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
GONZALEZ JUAN ALBERTO.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 16.824.204,77 (más intereses y costas).
¿Qué se resolvió?
Se mandó llevar adelante la ejecución contra Juan Alberto González hasta el íntegro pago a la ARCA de $ 16.824.204,77, con más sus intereses y costas del proceso; y, por razones de seguridad jurídica en atención a antecedentes de otras ejecuciones fiscales, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Además, se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 16824204.77, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal –“AFIP C/ SOCIEDAD COOPERATIVA POPULAR LIMITADA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 22525/2018 “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 12215/2018, “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 10470/2018, entre otras-; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
(No existe voto en disidencia en el texto suministrado.)
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