S., C. M. c/ MICROOMNIBUS M. S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Actora demandó por daños sufridos como pasajera de colectivo. La Cámara Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y fijó montos por incapacidad y daño moral.
Daños sufridos como pasajera de colectivo de la línea 318
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a los demandados al pago de $ 1.170.759,78 más intereses y costas, declarando la inoponibilidad de la franquicia pactada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez tuvo por acreditado que la actora sufrió el accidente al trasladarse como pasajera del interno 20 de la línea 318.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 52 bis de la ley 24.440 y desestimó la aplicación de la multa del art. 45 del CPCC.
- Respecto de la incapacidad, valoró el 10% de incapacidad permanente física según el peritaje médico, y confirmó los $ 751.559 fijados en primera instancia.
- Sobre el daño moral, consideró que correspondía mantener los $ 300.000 reconocidos.
- Desestimó el reclamo de daño punitivo por falta de impugnación a la declaración de inconstitucionalidad del art. 52 bis de la ley 24.240.
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