Logo

ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal contra la demandada por boleta de deuda: se declaró expedita la ejecución y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para cobrar el capital y sus intereses. El Juzgado Federal de Moreno impuso las costas a la ejecutada y ordenó notificar a la actora para que proceda a notificar al demandado.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Ley 11.683 Intimacion de pago Agencia de recaudacion y control aduanero Costas Juzgado federal de moreno Tramite expedito Art. 92 Ejecucion administrativa


¿Quién es el actor?

la actora (identificada en el proveído como la parte que promovió la ejecución; la resolución habilita a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (no se individualiza por nombre en el texto transcripto).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda (Expte. FSM 13748/2026) para obtener el íntegro pago del capital requerido más sus intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó la registración, notificación a la actora (quien queda a cargo de la notificación al demandado), comunicación a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, publicación (Ac. CSJN 10/2025) y archivo oportuno.
- Fundamentos principales (textos reproducidos tal como aparecen en la sentencia): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." (Dispositivo) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: no se consignan disidencias en el expediente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar